No: 158, 28 de julio de 2020, Comunicado de prensa sobre la Resolución Nº 2537 (2020) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativa a la prórroga del mandato de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre
La Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Nº 2537 (2020) sobre la prórroga del mandato de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP) por un período de seis meses fue aprobada hoy (28 de julio).
Apoyamos la declaración hecha por el Viceprimer Ministerio y Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Turca de Chipre del Norte (RTCN) sobre esta resolución.
Es contrario a las propias normas y principios de las Naciones Unidas que no se haya solicitado nuevamente el consentimiento de la parte turcochipriota en relación con la presencia de la UNFICYP en la isla. De hecho, la UNFICYP debería concluir un acuerdo jurídico con las autoridades turcochipriotas en relación con su presencia en la isla. Quisiéramos recordar una vez más que las actividades de la UNFICYP en la isla continúan a pesar de esta deficiencia, gracias al enfoque de buena fe de las autoridades de la República Turca de Chipre del Norte.
También es lamentable que, al tiempo que pide la cooperación entre ambas partes en la isla, el Consejo haga la vista gorda a la distribución equitativa de los recursos de hidrocarburos como una de las esferas de cooperación.
Como hemos destacado anteriormente, las cuestiones relativas al Mediterráneo oriental pueden resolverse mediante la cooperación que se establezca entre la parte turcochipriota y la parte grecochipriota en materia de recursos de hidrocarburos como copropietarios de la Isla.
Con el mismo entendimiento, es posible establecer un mecanismo para los contactos militares directos indicados en la resolución del Consejo de Seguridad entre el Mando de las Fuerzas de Seguridad de la RTCN y su homólogo grecochipriota.
Como se señaló en el último informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la UNFICYP (S/2020/682), el obstáculo fundamental para el establecimiento de una cooperación efectiva entre ambas partes es la inquietud de la parte grecochipriota por el reconocimiento, es decir, la aceptación de la parte turcochipriota como socio en pie de igualdad.
Esta mentalidad de la parte grecochipriota es la razón del fracaso de los esfuerzos por lograr una solución en la isla durante más de cincuenta años. El lenguaje utilizado una vez más en la resolución del Consejo, que contiene prejuicios para la solución de la cuestión de Chipre, lamentablemente alienta a la parte grecochipriota a mantener su posición intransigente.
lunes - viernes
09.00 - 17.00
Las horas de trabajo del consulado son de 09:00 a 12:00 y de 13:00 a 16:00.
Los siguientes días festivos la Embajada estará cerrada 2025
01/01/2025 | Año Nuevo | |
18/04/2025 | Viernes Santo | |
19/04/2025 | Sábado Santo | |
01/05/2025 | Día del Trabajo | |
21/05/2025 | Día de las Glorias Navales | |
20/06/2025 | Día Nacional de los Pueblos Indígenas | |
29/06/2025 | Día de San Pedro y San Pablo | |
16/07/2025 | Virgen Del Carmen | |
15/08/2025 | La Asunción | |
18/09/2025 | Independencia Nacional | |
19/09/2025 | Día de las Glorias del Ejército | |
12/10/2025 | Encuentro de Dos Mundos | |
31/10/2025 | Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes | |
01/11/2025 | Todos Los Santos | |
08/12/2025 | Fiesta de la Inmaculada Concepción | |
25/12/2025 | Día de Navidad |
+ 90 312 292 29 29